En el “Acuerdo de aprobación de la Normativa de Reconocimiento de Competencias Transversales y Profesionales de los Títulos de Grado de la Universidad Miguel Hernández de Elche”, en su Capítulo II, Artículo 4, Apartado 4.5, establece que:
Conocimiento de idiomas extranjeros
- Se reconocerá la acreditación del conocimiento de lenguas extranjeras hasta un máximo del total de créditos optativos establecidos en el Plan de Estudios correspondiente.
- De acuerdo al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, se establecerán los siguientes reconocimientos de créditos de acuerdo a la adquisición del estudiante de los siguientes niveles:
Certificación obtenida Nº de créditos asignados C1/C2 24 B2 12 B1 6 - La certificación de dichos niveles deberá ser expedida por órganos oficiales con competencias para dicho acto.
- Los créditos obtenidos en cada nivel no tienen carácter acumulable.
- El expediente del estudiante deberá reflejar el reconocimiento de este tipo de actividades expresando la descripción de las mismas y el número de créditos reconocidos. No computará este reconocimiento para la obtención de la media del expediente del estudiante.
Por ello, desde el Centro de Idiomas de la FUMH de la Universidad Miguel Hernández de Elche, otorgamos a todos los alumn@s la posibilidad de obtener el certificado que acredite el nivel lingüístico para así cumplir con este requisito y otros establecidos por las distintas leyes y regulaciones.
Si desean conocer el Acuerdo de aprobación de la Normativa de Reconocimiento de Competencias Transversales y Profesionales de los Títulos de Grado de la Universidad Miguel Hernández de Elche al completo, pincha en el siguiente link:
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